Quarero Marketing
Condiciones Generales

Condiciones Generales de Contratación

Servicios de consultoría y prestación profesional

Prestador: Tactical Management Deutschland GmbH, München, Alemania.

Registro mercantil: Amtsgericht München HRB 298584.

Administrador / representante autorizado: Dr. Tillmann Lauk.

Última actualización: 25 de mayo de 2026 · Versión 1.0

Preámbulo

El prestador presta servicios cualificados de consultoría y servicios profesionales en los ámbitos de consultoría de marketing, generación de leads B2B, ABM, estrategia de LinkedIn, performance marketing, automatización de marketing. Los servicios se prestan sobre la base de mandatos individuales, confirmaciones de encargo o engagement letters; las presentes Condiciones Generales constituyen el marco contractual, salvo pacto en contrario en cada caso. Reflejan el carácter propio de la prestación de servicios — se debe la ejecución profesional de la actividad, no un resultado determinado.

§ 1 Ámbito de aplicación y partes contratantes

(1) Las presentes Condiciones Generales (en adelante, "CG") se aplican a todos los contratos relativos a servicios de consultoría, asesoramiento (advisory), coaching, formación, conceptualización, análisis y otros servicios entre Tactical Management Deutschland GmbH (en adelante, "Prestador") y el cliente (en adelante, "Cliente").

(2) Las CG se aplican frente a consumidores en el sentido del § 13 del Código Civil alemán (BGB) y frente a empresarios en el sentido del § 14 BGB. Cuando las disposiciones se apliquen exclusivamente a uno de los dos grupos, así se indica. El grupo destinatario principal son los clientes empresariales.

(3) Las condiciones generales del Cliente que difieran, se opongan o complementen las presentes no formarán parte del contrato, salvo que el Prestador acepte expresamente y por escrito su vigencia. Esto se aplica incluso si el Prestador, conociendo condiciones divergentes, realiza la prestación sin reservas.

(4) En caso de contradicción entre las presentes CG y un engagement letter individual o una confirmación de encargo, prevalecerán los acuerdos individuales.

§ 2 Objeto del contrato — prestación de servicios sin obligación de resultado

(1) El objeto del contrato son los servicios de consultoría y los servicios profesionales descritos en el engagement letter, en la confirmación de encargo o en el correspondiente mandato individual.

(2) El contrato constituye un contrato de servicios en el sentido de los §§ 611 y ss. BGB. El Prestador se obliga a la ejecución profesional de la actividad acordada conforme al estado de la técnica de la disciplina correspondiente; no se debe expresamente ningún resultado económico, jurídico o de otra índole determinado.

(3) El Prestador podrá determinar libremente las personas que desplegará para la ejecución, siempre que su cualificación profesional se corresponda con la actividad acordada. El Cliente no tendrá derecho a la prestación por una persona determinada, salvo que se haya acordado expresamente una asignación nominativa.

(4) El Prestador no presta asesoramiento jurídico en el sentido de la Ley alemana de servicios jurídicos (RDG), ni asesoramiento fiscal en el sentido de la Ley alemana de asesoría fiscal (StBerG), ni asesoramiento en inversiones en el sentido de la Ley alemana del mercado de valores (WpHG), salvo pacto expreso en contrario y siempre que se desplieguen personas con la cualificación adecuada.

§ 3 Perfeccionamiento del contrato

(1) Las ofertas, presupuestos y descripciones de servicio del Prestador son sin compromiso, salvo que se identifiquen expresamente como vinculantes.

(2) El contrato se perfecciona mediante declaraciones de voluntad coincidentes — habitualmente por aceptación de un engagement letter, por confirmación expresa del encargo o por inicio de la actividad a solicitud del Cliente.

(3) El Prestador se reserva el derecho a rechazar encargos sin indicación de motivos, en particular en supuestos de conflicto de intereses, dudas justificadas sobre la identidad o solvencia del Cliente, sospecha de blanqueo de capitales o vulneración de sanciones, y encargos incompatibles con los principios profesionales o éticos del Prestador.

(4) El Prestador podrá llevar a cabo, antes del inicio de la actividad, las obligaciones de identificación y diligencia debida con arreglo a la Ley alemana de prevención del blanqueo de capitales (GwG) así como una verificación de conflictos.

§ 4 Deberes de cooperación del Cliente

(1) El Cliente facilitará al Prestador, de forma puntual, completa y exacta, toda la información, documentación y accesos necesarios para la prestación.

(2) El Cliente designará a una persona de contacto responsable con poder de decisión suficiente y garantizará su disponibilidad en la medida acordada.

(3) Los retrasos, esfuerzos adicionales o resultados defectuosos derivados del incumplimiento de los deberes de cooperación no serán imputables al Prestador. El Prestador podrá facturar los esfuerzos adicionales correspondientes según las tarifas horarias acordadas o, en su defecto, según las tarifas habituales del mercado.

(4) El Cliente garantiza que la información, los datos y los documentos puestos a disposición están libres de derechos de terceros o que dispone de los derechos necesarios para su uso en el marco del mandato.

§ 5 Retribución y pago

(1) Será de aplicación la retribución acordada en el engagement letter o en la confirmación de encargo. Podrá pactarse como honorario fijo, honorario por tiempo según tarifas horarias, retainer, o combinación de estas modalidades. Toda retribución se entiende en euros, más el IVA legal y, en su caso, gastos.

(2) Los gastos, los costes de viaje, alojamiento y demás costes vinculados al proyecto se facturarán por separado; el tiempo de viaje se retribuye según las tarifas horarias acordadas, salvo pacto en contrario.

(3) El Prestador podrá exigir un anticipo de cuantía razonable — habitualmente el 30 % del honorario total previsto. En mandatos de larga duración la facturación se efectúa mensualmente o por hitos acordados.

(4) Las facturas son pagaderas, sin descuento, en un plazo de 14 días desde su recepción. Si un Cliente empresarial incurre en mora, deberá intereses de demora a un tipo de nueve puntos porcentuales por encima del tipo básico (§ 288, ap. 2, BGB) así como la cantidad a tanto alzado del § 288, ap. 5, BGB. Frente a consumidores rigen las disposiciones legales.

(5) En caso de mora en el pago, el Prestador podrá suspender la prestación hasta la liquidación total de los créditos pendientes. Los retrasos derivados no son imputables al Prestador.

§ 6 Ejecución, lugar y subcontratistas

(1) La ejecución se realizará, a elección del Prestador, en su domicilio social, en el domicilio del Cliente, en un lugar acordado o de forma remota. El Prestador podrá emplear medios electrónicos de comunicación y colaboración adecuados.

(2) Los plazos y fechas son meramente orientativos, salvo que se hayan pactado expresamente como vinculantes. Las fechas vinculantes presuponen el cumplimiento puntual de todos los deberes de cooperación del Cliente.

(3) El Prestador podrá emplear empleados, colaboradores externos, subcontratistas y expertos externos para la prestación. La ejecución profesional sigue siendo responsabilidad del Prestador; no se requiere el consentimiento previo del Cliente para el uso de subcontratistas concretos.

§ 7 Confidencialidad

(1) Las partes contratantes se obligan a tratar como confidencial toda la información confidencial de la otra parte obtenida en relación con el mandato, a utilizarla exclusivamente para los fines del mandato y a no divulgarla a terceros sin consentimiento previo por escrito. Esta obligación subsiste tras la terminación de la relación contractual.

(2) Quedan excluidas las informaciones que demostradamente (a) sean o lleguen a ser de dominio público sin responsabilidad de una parte, (b) fueran conocidas legítimamente por la parte receptora con anterioridad al inicio del mandato, (c) hayan sido obtenidas de terceros sin obligación de confidencialidad o (d) deban revelarse en virtud de una orden legal, administrativa o judicial.

(3) El Prestador podrá referirse a la existencia de la relación comercial de forma anonimizada (sector, tamaño, tipo de mandato) a efectos de referencia, salvo pacto expreso en contrario. La referencia nominativa solo se realizará con consentimiento previo del Cliente.

(4) Los subcontratistas y expertos empleados serán obligados por el Prestador a la confidencialidad de la misma manera.

§ 8 Exclusión del derecho de desistimiento

(1) En contratos de servicios con consumidores celebrados a distancia o fuera del establecimiento, el derecho legal de desistimiento se extingue al completarse la prestación conforme al § 356, ap. 4, BGB, si el Prestador ha comenzado la ejecución después de que (a) el consumidor haya dado su consentimiento expreso y (b) haya confirmado al mismo tiempo conocer que, con la ejecución completa por el Prestador, perderá su derecho de desistimiento.

(2) Con la realización del encargo, el Cliente solicita expresamente el inicio inmediato de la ejecución y confirma haber sido informado en forma textual, antes de la celebración del contrato, de la consecuencia anterior — la extinción del derecho de desistimiento al ejecutarse plenamente el contrato. Estas declaraciones se recogen separadamente en el proceso de pedido o en el engagement letter.

(3) En la medida en que el derecho de desistimiento no se haya ya extinguido conforme al apartado 1, el consumidor, en caso de desistir tras el inicio de la ejecución, abonará al Prestador la cantidad proporcional a los servicios prestados hasta el desistimiento en relación con el alcance total de los servicios pactados (§ 357a, ap. 2, BGB).

(4) Frente a empresarios en el sentido del § 14 BGB no existe en ningún caso derecho de desistimiento.

§ 9 Exclusión de cancelación y reembolso

(1) La cancelación voluntaria del mandato o el reembolso voluntario de retribuciones ya pagadas quedan excluidos. Los servicios ya prestados deberán retribuirse en todo caso.

(2) En el caso de honorarios fijos pactados, el Prestador conserva la retribución íntegra si ha prestado completamente el servicio. En caso de prestación parcial, el Prestador tendrá derecho a la retribución proporcional a la actividad realizada, más el reembolso de gastos; los anticipos ya abonados no se reembolsarán en la medida en que hayan sido consumidos por las prestaciones efectuadas.

(3) En caso de cancelación con poca antelación de citas acordadas — dentro de las 48 horas previas a la cita — el Cliente deberá abonar una cuota por incomparecencia equivalente al 100 % del honorario pactado para la cita o del honorario por tiempo correspondiente.

(4) Queda intacto el derecho a la resolución extraordinaria por causa grave (§ 11 de las presentes CG).

§ 10 Perturbaciones de la prestación

(1) Los defectos de la prestación realizada deben notificarse al Prestador sin demora y, a más tardar, en un plazo de catorce días desde su conocimiento, en forma textual con indicación concreta del defecto. Frente a clientes empresariales se aplica analógicamente el § 377 del Código de Comercio alemán (HGB).

(2) Ante una reclamación de defectos justificada y dentro de plazo, el Prestador subsanará la prestación en la medida necesaria sin coste. Si la subsanación fracasa, el Cliente podrá, transcurrido en vano un plazo razonable de subsanación, reducir proporcionalmente la retribución debida; cualesquiera derechos adicionales de resolución y pretensiones indemnizatorias existirán únicamente en el marco de las disposiciones legales y conforme a la regla de responsabilidad del § 12.

(3) No existe responsabilidad por defectos cuando las reclamaciones se basen en informaciones erróneas, incompletas o tardías del Cliente, en un incumplimiento de los deberes de cooperación o en circunstancias modificadas con posterioridad.

(4) Los derechos de saneamiento típicos de consumidor permanecen intactos en la medida en que sean legalmente imperativos.

§ 11 Duración, terminación y derechos de uso

(1) Duración y terminación ordinaria. Los mandatos se pactan por tiempo determinado, por proyecto o como relación de servicios continua. Las relaciones de servicios continuas podrán ser terminadas por cualquiera de las partes con un mes de preaviso al fin de mes natural, salvo pacto en contrario. Los mandatos por proyecto finalizan con la prestación íntegra del servicio acordado.

(2) Terminación extraordinaria. El derecho a la resolución extraordinaria por causa grave (§ 626 BGB, por analogía) queda reservado a ambas partes. En caso de terminación extraordinaria imputable al Cliente, el Prestador conservará el derecho a la retribución acordada, descontados los gastos ahorrados (§ 615 BGB, por analogía).

(3) Resultados de trabajo y derechos de uso. Una vez efectuado el pago íntegro de la retribución acordada, el Cliente recibirá un derecho de uso simple, intransmisible y no sublicenciable sobre los resultados de trabajo elaborados en el marco del mandato, limitado a los fines internos del Cliente definidos en el mandato. Todos los demás derechos — en particular la reproducción, difusión, puesta a disposición pública, transformación y explotación comercial frente a terceros — permanecen en el Prestador y requieren acuerdo separado y por escrito.

(4) El know-how preexistente, los métodos, herramientas, plantillas, modelos y demás medios auxiliares del Prestador permanecen como propiedad exclusiva del Prestador; el Prestador podrá utilizarlos también para otros mandatos. El Prestador podrá asimismo utilizar libremente los conocimientos generales, metodológicos y sectoriales obtenidos en el marco del mandato, siempre que ello sea posible sin revelar datos confidenciales del Cliente.

(5) Antes del pago íntegro de la retribución acordada, el Cliente no tendrá derecho de uso sobre los resultados de trabajo. Queda prohibido cualquier uso anticipado.

§ 12 Responsabilidad

(1) El Prestador responde sin limitación por dolo y culpa grave, así como conforme a la Ley alemana de responsabilidad por productos.

(2) Por culpa leve, el Prestador solo responde en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales (obligaciones cardinales) cuyo cumplimiento posibilita la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el Cliente puede confiar habitualmente. En tales casos, la responsabilidad se limita en cuantía al daño previsible y típico del contrato, pero, en cualquier caso, como máximo al honorario neto pactado en el mandato o, subsidiariamente, a los honorarios abonados al Prestador en los últimos doce meses respecto del mandato afectado.

(3) La responsabilidad por daños derivados de lesiones a la vida, integridad física o salud queda intacta.

(4) Toda responsabilidad ulterior — en particular por lucro cesante, ahorros no logrados, daños consecuenciales, daños indirectos, daños reputacionales o reclamaciones de terceros — queda excluida en la medida permitida por la ley.

(5) Recomendaciones, valoraciones, pronósticos, evaluaciones y propuestas estratégicas del Prestador se basan en la información disponible en el momento de la prestación y en métodos profesionales generalmente reconocidos. No se asume garantía alguna sobre la consecución de resultados, éxitos, rendimientos, evoluciones del mercado o desenlaces procesales determinados.

§ 13 Particularidades en el tráfico mercantil con empresarios

(1) Frente a empresarios, el desistimiento y la cancelación quedan totalmente excluidos. Los servicios ya prestados deben ser retribuidos en todo caso.

(2) La compensación y los derechos de retención solo corresponden al Cliente empresarial en la medida en que sus créditos contrarios sean indiscutidos o se hayan declarado firmes mediante resolución judicial.

(3) El Cliente empresarial mantendrá indemne al Prestador, en la relación interna, frente a todas las pretensiones de terceros derivadas de información incorrecta, incompleta o tardía del Cliente, del incumplimiento de sus deberes de cooperación o del uso contrario al contrato de los resultados de trabajo.

§ 14 Protección de datos

Los datos personales del Cliente — incluidos los recabados para el cumplimiento de obligaciones de identificación y diligencia en materia de prevención del blanqueo de capitales — se recogen y tratan exclusivamente en el marco de las disposiciones legales, en particular el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Federal alemana de Protección de Datos (BDSG). En la medida en que el Prestador trate datos personales por encargo del Cliente durante la ejecución del mandato, las partes celebrarán un contrato separado de encargo del tratamiento conforme al art. 28 RGPD. Los detalles se regulan en la política de privacidad del Prestador en https://quarero.marketing/es/privacidad.

§ 15 Resolución de conflictos

(1) La Comisión Europea pone a disposición una plataforma de resolución de litigios en línea (RLL) accesible en https://ec.europa.eu/consumers/odr.

(2) El Prestador no está dispuesto ni obligado a participar en procedimientos de resolución de conflictos ante un órgano de arbitraje de consumo.

§ 16 Disposiciones finales

(1) Se aplica el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Frente a consumidores, esta elección de ley solo se aplica en la medida en que no se prive al consumidor de la protección garantizada por disposiciones imperativas del derecho del Estado en el que tenga su residencia habitual.

(2) El fuero exclusivo para todas las controversias derivadas de esta relación contractual con clientes empresariales será München. El Prestador también podrá demandar en el fuero general del Cliente.

(3) Si alguna disposición de las presentes CG fuera o llegara a ser inválida o inejecutable, ello no afectará a la validez de las disposiciones restantes. La disposición legal sustituirá a la inválida o inejecutable.

(4) Las modificaciones y complementos de las presentes CG, así como de los acuerdos individuales de mandato, requieren forma textual. Esto también se aplica a la renuncia al propio requisito de forma textual.

Tactical Management Deutschland GmbH · Servicios de consultoría y prestación profesional · Última actualización: 25 de mayo de 2026 · Versión 1.0